Condiciones generales de los servicios prestados


INFORMACIÓN PREVIA A LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE COOMPLIANCE

1. Trámites para la Contratación.

Una vez el Cliente manifieste a Coompliance su interés en contratar los Servicios, Coompliance confeccionará y le remitirá un Presupuesto por correo electrónico (incluyendo el precio y las Condiciones Particulares) y un formulario SEPA para el cobro del Servicio.

No obstante lo anterior, Coompliance podrá declinar la propuesta en caso de considerar que los requerimientos del Cliente no son compatibles con el Servicio, o por cualquier otro criterio profesional (por ejemplo, conflicto de intereses), comercial o económico.
Para la formalización del Contrato, el Cliente deberá:

• Aceptar el Presupuesto mediante su firma electrónica a través del sistema que Coompliance tenga establecido.

En el momento de la formalización del contrato o de forma inmediatamente posterior, el Cliente deberá remitir a Coompliance el formulario SEPA debidamente cumplimentado y firmado, reservándose Coompliance el derecho de resolver el contrato en caso de no recibir dicho formulario SEPA debidamente cumplimentado.

Coompliance confirmará la contratación según se describe en el apartado “Información posterior a la formalización del Contrato”.

2. Archivo del Contrato.

Una vez formalizado el Contrato, una copia del mismo (Presupuesto y Condiciones Particulares) se alojará en formato PDF en el área de Documentación de la Plataforma del Cliente, desde donde éste podrá consultarlo (mientras dure el Servicio) y descargarlo. Las Condiciones Generales estarán disponibles de forma permanente y serán accesibles desde los links incluidos en el Presupuesto.

3. Medios para identificar o corregir errores en los datos.

El Cliente puede consultar y revisar sus datos proporcionados a Coompliance y rectificarlos en caso de ser incorrectos, a través de la opción “Ajustes” de su Plataforma. Para la consulta o rectificación de cualquier otra información, el Cliente puede dirigirse a Coompliance a través de sus canales de atención descritos en el apartado “Notificaciones” de estas Condiciones Generales.

4. Idioma del Contrato.

El Contrato (formado por estas Condiciones Generales, las Condiciones Particulares y el Presupuesto) está redactado en español.

Las Partes conocen y aceptan que otros documentos a los que se hace referencia en el Contrato, en particular licencias de uso de software o condiciones de uso y privacidad de Plataformas tecnológicas ofrecidos por terceros están redactadas en inglés (o en el idioma establecido por los respectivos titulares).

5. Información posterior a la formalización del Contrato.

Tras la revisión de la documentación aportada por el Cliente, Coompliance confirmará por escrito (correo electrónico o medio equivalente) la formalización del Contrato en el plazo de 24 horas tras la aceptación del Presupuesto.

PRELIMINAR. DEFINICIONES.

Salvo que se indique otra cosa, en estas Condiciones Generales los términos que se relacionan en este apartado, cuando se citen con mayúscula, tendrán el significado que se describe a continuación:

- Cliente: Persona física o jurídica que ha suscrito un Contrato con Coompliance y es beneficiaria de los Servicios prestados por ésta.
- Contrato: Conjunto de documentos que rige la relación profesional entre Coompliance y el Cliente en relación con los Servicios de gestión y asesoramiento mercantil, fiscal o laboral prestados por aquélla. 
- Plataforma tecnológica o informática: conjunto de elementos de hardware y software puestos a disposición del Cliente y a los que los Usuarios del mismo tienen acceso de forma telemática a través de Internet. Contiene los sistemas de alojamiento y herramientas de tratamiento de información descritos en las Condiciones Particulares. El acceso y uso de tales Plataformas tecnológicas, desarrolladas y facilitadas por terceros, está sujeto a sus propias licencias o condiciones de uso, establecidas por sus respectivos titulares y de obligado cumplimiento por parte del Cliente y sus Usuarios.
-Servicios: Se refiere, de forma genérica, a las prestaciones ejecutadas por Coompliance al Cliente, ya sean Servicios de Suscripción o Servicios Adicionales. Los Servicios no identificados expresamente como Servicios de Suscripción en el Presupuesto tendrán la consideración de Servicios Adicionales.
- Servicios de Suscripción (o Recurrentes): Conjunto de prestaciones recurrentes (cuya duración se prorroga de forma tácita) de gestión y asesoramiento mercantil, fiscal o laboral a realizar por Coompliance en virtud del Contrato, detalladas en el Presupuesto.
- Servicios Adicionales: Prestaciones puntuales (no recurrentes) de asesoramiento legal, financiero, etc., distintas de las descritas como “Servicio de Suscripción” y cuya contratación puede ser acordada por las Partes. 
- Usuario: Persona física que accede y usa cualquier software o Plataforma tecnológica o informática puesta a disposición del Cliente por Coompliance.

PRIMERO. OBJETO. 

Este documento define los derechos y obligaciones de las Partes en cuanto a los Servicios prestados por COOMPLIANCE ASESORES, S.L. (en adelante Coompliance) con domicilio social en C/. Consell de Cent, número 357, 6º, titular del CIF B72520356 a favor del Cliente (identificado en el Presupuesto), acordados mediante la aceptación por parte de éste, dentro de su plazo de vigencia, del correspondiente Presupuesto. 

Los Servicios se dirigen, en todo caso, a empresas o profesionales en el ámbito de su actividad.

SEGUNDO. MARCO CONTRACTUAL. 

El marco contractual entre Coompliance y el Cliente se compone de los siguientes documentos, relacionados por orden jerárquico descendiente:

• Las Condiciones Particulares.
• Estas Condiciones Generales.
• El Presupuesto.
• Las Condiciones de Uso de la Web https://www.coompliance.com/privacy
• La demás documentación transmitida por Coompliance, en su caso (incluida la información publicada en su página web).

Los documentos inferiores pueden completar el contenido de los superiores. En caso de contradicción prevalecerán en todo caso los de orden superior.

El software o las Plataformas tecnológicas o informáticas que Coompliance ponga a disposición del Cliente, para su acceso y uso, están desarrollados y son facilitados por terceros, por lo que están sujetos a sus propias licencias o condiciones de uso, establecidas por sus respectivos titulares y son de obligado cumplimiento por parte del Cliente y sus Usuarios.

El Presupuesto puede incluir la contratación de diversos servicios, identificados cada uno de ellos en su correspondiente epígrafe. Aunque consten en el mismo documento, la contratación de cada uno de ellos constituye un contrato autónomo e independiente.

Coompliance se reserva el derecho de actualizar estas Condiciones Generales por razones legales, técnicas u organizativas, informando previamente de ello al Cliente. El uso de los Servicios tras esta notificación supone la aceptación del Cliente de las nuevas condiciones. En caso de notificar el Cliente su oposición a tales modificaciones, este documento seguirá siendo de aplicación hasta la terminación del plazo de vigencia del contrato o su prórroga y podrá terminarlo el Cliente a su finalización sin penalización alguna.

En el tratamiento de datos personales que Coompliance pueda llevar a cabo, se aplicará además la Política de Tratamiento de Datos Personales disponible en https://www.coompliance.com/privacy. 

TERCERO. CONDICIONES DEL SERVICIO. 

3.1 Horario. 

El horario de atención para la prestación de los Servicios es el siguiente:

• Lunes a Jueves, de 9:30 a 14:00 y de 15:30 a 18:00 / Viernes de 9.00 a 14:00.
Se excluyen los festivos oficiales de la ciudad de Barcelona.

Este es el horario actualmente vigente. Coompliance puede variar este horario por necesidades organizativas. Tal cambio será comunicado al Cliente (sirviendo para ello una publicación en su página Web). En ningún caso el cambio podrá suponer una minoración significativa del Servicio prestado por Coompliance.

Coompliance resolverá las cuestiones planteadas por el Cliente con la debida diligencia y en plazos razonables, pero no puede garantizar un tiempo de respuesta.

3.2 Medios de Atención.

Los medios con los que el Cliente puede contactar con Coompliance y ésta presta sus servicios de soporte y asesoramiento son los siguientes:

• Mensajería directa dentro de la Plataforma Odoo (a través de menciones).
• Correo electrónico único para cada Cliente que se facilitará durante la sesión de Onboarding o, en su defecto, el correo electrónico genérico:
soporte@coompliance.odoo.com.

Coompliance podrá variar estos canales de comunicación por razones organizativas siempre que no implique una minoración en la calidad del servicio y se comunique al Cliente con antelación.

En caso de proponer el Cliente herramientas alternativas de comunicación, Coompliance, a su exclusivo criterio, podrá aceptar o rechazar su uso. Es responsabilidad del Cliente asegurar que tales herramientas cumplen las medidas de seguridad adecuadas, en particular en relación a la legislación vigente sobre tratamiento de datos personales.

Coompliance, a su criterio, podrá establecer la necesidad de desplazar a su personal a las dependencias del Cliente, en particular en el caso de Servicios Adicionales de especial complejidad. En tal caso las Partes acordarán la forma en que deban liquidarse los gastos de desplazamiento.

3.3 Plataforma Coompliance by Odoo.

El Servicio de Suscripción incluye la puesta a disposición del Cliente de una instancia de la Plataforma tecnológica Odoo, con las funcionalidades y número de usuarios permitidos descritos en las Condiciones Particulares.

El Cliente conoce y acepta que todos los documentos alojados en la Plataforma Odoo, tanto en el apartado de Contabilidad como en el de Documentación (o cualquier otro) son automáticamente accesibles por parte de Coompliance.

Es responsabilidad del Cliente la creación y gestión de los usuarios, si bien puede solicitar asistencia a Coompliance en este proceso (sin coste adicional durante el periodo de Onboarding).

La estructura URL de la instancia será la siguiente: nombredelcliente.odoo.com, donde “nombredelcliente” corresponderá a la identificación indicada por el propio Cliente, siempre que tal denominación esté disponible y sea válida conforme a los criterios legales y técnicos que aplican a la asignación de nombres de páginas web. De no estar disponible o no cumplir estos criterios, el Cliente deberá proporcionar una nueva denominación válida.

En caso de requerir el Cliente funcionalidades, módulos o instancias adicionales (como Inventario, Marketing, RRHH, etc.), podrá contratarlas directamente con Odoo o sus distribuidores autorizados de confianza, pudiendo intervenir Coompliance como mero intermediario en la solicitud. La contratación, el uso y cualquier servicio que se pueda derivar en este caso se formalizarán directamente entre el Cliente y Odoo o sus distribuidores autorizados, siendo Coompliance totalmente ajena a esta relación. El uso de tales funcionalidades, módulos o instancias adicionales se regirá por los acuerdos suscritos directamente entre el Cliente y Odoo o sus distribuidores autorizados.

Asimismo, el Cliente puede hacer uso de la APP para dispositivos móviles desarrollada por Odoo con la instancia puesta a su disposición con este Servicio. Tal APP está accesible a través de las plataformas habituales de aplicaciones para dispositivos móviles, dependiendo del tipo de dispositivo y su sistema operativo. Coompliance es totalmente ajena al desarrollo, descarga y uso de tal APP, quedando los mismos sujetos a la licencia de uso que su desarrollador tenga establecida.


3.4 Deber de Colaboración del Cliente.


El Cliente conoce y acepta que, para la adecuada prestación de los Servicios por parte de Coompliance, se requiere que aquél aporte periódicamente determinada documentación y/o información.

El Cliente se compromete, por lo tanto, a proporcionar a Coompliance con la debida antelación la información y/o documentación que sea necesaria para que Coompliance pueda prestar el Servicio.


En el caso de los Servicios de Suscripción, el Cliente deberá proporcionar tal información o documentación a través de los siguientes medios:


• Apartado “Contabilidad” de la Plataforma Odoo
• Correo electrónico creado al efecto para el Cliente (comunicado durante el proceso de Onboarding). 

Coompliance no estará obligada a aceptar que la información o documentación le sea suministrada por otros medios.

La falta de diligencia del propio Cliente en la aportación de esta información o documentación, su entrega incompleta, tardía o su ausencia implica que Coompliance no pueda dar cumplimiento a los trámites objeto sus Servicios. En tal caso, Coompliance declina cualquier contingencia o responsabilidad que pueda derivarse para el Cliente de la no ejecución o ejecución extemporánea de tales trámites.

CUARTO. CONDICIONES ECONÓMICAS. 

4.1 Precio y Forma de Pago.

El Presupuesto y las Condiciones Particulares establecen el Precio aplicable al Servicio durante su primer periodo de vigencia, así como la forma de pago. 

El Precio para el periodo inicial ha sido fijado atendiendo al estudio orientativo hecho por Coompliance y/o a las conversaciones mantenidas antes de la contratación. El Cliente conoce y acepta que el Precio aplicable sólo puede establecerse exactamente una vez se ha llevado cabo el trabajo. Los Precios podrán ser también revisados a principios de cada año natural, al alza o la baja, atendiendo a las tarifas vigentes en cada momento. En todo caso, la primera revisión de precios se llevará a cabo una vez transcurrido al menos un año de vigencia del Servicio.

Los Precios de los Servicios no incluyen los gastos u honorarios de Notario, Registro Mercantil ni, en general, cualesquiera importes derivados de la elevación a público, inscripción registral o presentación ante organismos públicos de documentos mercantiles, laborales o fiscales o de cualquier clase. Tales gastos u honorarios serán refacturados por Coompliance al Cliente y sus justificantes estarán a disposición del Cliente. Tampoco incluyen los importes correspondientes a otros servicios, distintos a los expresamente contemplados en el Presupuesto y las Condiciones Particulares.

El Presupuesto incluye, además del Precio, el detalle de los impuestos aplicables. En caso de no constar expresamente los impuestos, se entenderá que el Precio no incluye IVA u otros impuestos vigentes, que serán aplicados en todo caso en la correspondiente factura.

4.2 Condiciones Promocionales.

Coompliance puede aplicar condiciones promocionales especiales en la contratación de determinados servicios, por ejemplo, en caso de contratación de varios Servicios simultáneamente. Tales condiciones, en forma de descuento, aparecerán en el Presupuesto. Salvo acuerdo expreso en contrario, los descuentos indicados en el Presupuesto serán de aplicación únicamente durante el primer periodo de vigencia del Servicio.

4.3 Impago.

La falta de pago a su vencimiento de cualquier cantidad debida por el Cliente a Coompliance facultará a ésta para suspender temporalmente el Servicio hasta su regularización, de forma inmediata y sin necesidad de requerimiento previo. Transcurridos quince (15) días sin que se haya regularizado el pago por parte del Cliente, Coompliance podrá dar el contrato por resuelto definitivamente.

Las cantidades impagadas devengarán, además, el interés de demora establecido en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

El Cliente no podrá condicionar el pago a la aportación de documentos o la cumplimentación de trámites adicionales establecidos por él mismo, más allá de los expresamente contenidos en este documento o los derivados expresamente de la legislación imperativa vigente.

4.4 Factura electrónica.

El Cliente acepta que Coompliance le envíe sus facturas únicamente en formato electrónico (PDF). Tal factura será alojada, además, en el apartado de Contabilidad de la Plataforma del Cliente. 

QUINTO. VIGENCIA.

5.1 Duración de los Servicios de Suscripción (Recurrentes).

La fecha de inicio de los servicios contratados, su duración inicial y las posibles prórrogas son las que se describen en las Condiciones Particulares. 

La formalización de los Servicios está sujeta a la aceptación por parte del Cliente del correspondiente Presupuesto.

Las Partes deberán comunicar por escrito su voluntad de no renovar el Contrato, a las direcciones de correo electrónico que se indican en el apartado “Notificaciones”.

5.2 Desistimiento.

En el caso de que el Cliente tenga la condición legal de consumidor según la legislación sobre consumidores y usuarios, podrá desistir de este Contrato dentro de los catorce (14) días siguientes a la confirmación de la formalización del mismo, siempre que Coompliance no haya llevado a cabo, efectivamente, ninguna prestación del Servicio.

5.3 Duración de los Servicios Adicionales.

Los Servicios Adicionales que el Cliente pueda contratar a Coompliance y que por su naturaleza no tengan la consideración de recurrentes  tendrán la duración que expresamente se acuerde.

En caso de no consignarse expresamente una duración, Coompliance llevará a cabo los Servicios Adicionales con la debida diligencia y sin dilaciones indebidas.

En ambos casos, mientras dure la prestación de los Servicios Adicionales se considerarán vigentes para tales servicios, en lo que sea de aplicación, las presentes Condiciones Generales, además de las Condiciones Particulares que se haya acordado.

5.3 Causas de Terminación Anticipada.

Además de por las causas legalmente establecidas o las que se puedan indicar en este documento, este Contrato podrá resolverse en cualquier momento en los siguientes supuesto:

• En caso de impago de cualquiera de las cantidades debidas por el Cliente a Coompliance, según se describe en el apartado Condiciones Económicas. 
• Inmediatamente y sin necesidad de requerimiento previo, en caso de vulneración por el Cliente de las condiciones de uso de cualquier software o Plataforma tecnológica o informática puesta a su disposición por Coompliance. 
• Por cualquier otro incumplimiento de cualquiera de las Partes de sus otras obligaciones legales o contractuales, distintas de las descritas en los dos apartados anteriores.
En este último caso, la parte que inste la resolución del Contrato deberá otorgar a la parte incumplidora un plazo de quince (15) días para subsanar su incumplimiento. De no subsanarse el incumplimiento transcurrido este periodo, o en caso de incumplimientos que por su naturaleza no puedan subsanarse, la parte interesada podrá resolver el Contrato.

5.4 Efectos de la Terminación.

Terminado el Contrato por cualquier causa, sea por resolución anticipada o por expiración del plazo acordado, Coompliance cesará inmediatamente en la obligación de prestar cualquier servicio. Cesará también el acceso y uso por el Cliente de cualquier software o Plataforma tecnológica o informática puesta a disposición de éste por Coompliance.

Esta terminación no afectará a las obligaciones de pago del Cliente devengadas con anterioridad a la terminación, que seguirán siendo exigibles. 

En caso de suspensión temporal del servicio por impago o de terminación o resolución del Contrato, cualquiera que sea la causa, Coompliance no estará obligada al cumplimiento de las prestaciones que asume en virtud de este documento. En particular, no vendrá obligada a la realización o presentación de los documentos, modelos o formularios mercantiles, laborales, fiscales, sociales o de cualquier clase objeto del servicio, y declina expresamente cualquier contingencia o responsabilidad (incluyendo multas, sanciones o intereses de demora) que puedan derivarse para el Cliente de la no presentación o presentación extemporánea de tales documentos. 

Una vez terminado el Contrato, se mantendrán vigentes las disposiciones que por su naturaleza deban surtir efectos después de la finalización del Servicio, en particular, los apartados de “Confidencialidad”, “Responsabilidad” y “Ley Aplicables y Jurisdicción”.

5.5 Portabilidad de Datos.

Antes de la finalización del Servicio de Suscripción y durante los cuarenta y cinco (45) días siguientes a su terminación, el Cliente podrá solicitar a Coompliance una copia de sus datos alojados en su instancia de Odoo. Esta copia será entregada al Cliente o al tercero que éste determine expresamente.

Tales datos se proporcionarán en formato estructurado, de uso común y lectura mecánica. Específicamente, se proporcionará un fichero de base de datos en formato SQL y con la estructura de campos que utilice la Plataforma Odoo. Coompliance no tendrá ninguna otra obligación con respecto a los datos facilitados por el Cliente.

Transcurridos cuarenta y cinco (45) días desde la terminación del Contrato, estos se eliminarán, salvo aquellos que por exigencias legales puedan quedar a disposición de Coompliance debidamente bloqueados.

SEXTO. NOTIFICACIONES.

Cualquier comunicación relacionada con el Servicio deberá remitirse a las siguientes direcciones de correo electrónico:

- Comunicaciones a Coompliance: 

• Administrativas (facturación, baja del Servicio…): 
administracion@coompliance.odoo.com
• Consultas y soporte: correo electrónico único para cada cliente facilitado durante la sesión de Onboarding o, en su defecto, el correo electrónico genérico de: 
soporte@coompliance.odoo.com
• Privacidad y Tratamiento de Datos: 
rgpd@coompliance.odoo.com 

- Comunicaciones al Cliente: las comunicaciones al Cliente se llevarán a cabo a todas las direcciones de correo electrónico que consten en Coompliance, salvo que el propio Cliente establezca una o varias direcciones como las direcciones de contacto. 

SÉPTIMO. CONFIDENCIALIDAD.

Se considera “Información Confidencial” cualquier información de carácter comercial, fiscal, mercantil, financiero o de otro tipo, transmitida entre las Partes en ejecución de los Servicios, cualquiera que sea su medio de divulgación, siendo el Emisor la Parte que facilita tal información y el Receptor la Parte que la recibe (en ambos casos, indistintamente Coompliance o el Cliente).

El Receptor respecto de “la Información Confidencial” se obliga a:

• Tratar la Información Confidencial como estrictamente confidencial, no facilitarla a ningún tercero salvo con los fines previstos estrictamente en el Contrato, ni utilizarla para su propio beneficio sin obtener el previo consentimiento escrito del Emisor.
• Guardar la Información Confidencial, en cualquier otro soporte, separada de cualquier otra información de la que pudiera disponer el Receptor; con la debida diligencia para este tipo de información; utilizar o transmitir la Información Confidencial exclusivamente para los fines del Contrato; utilizar procedimientos de control de dicho uso o transmisión de la Información Confidencial.
• No realizar copia de la Información Confidencial sin el previo consentimiento del Emisor, excepto aquellas copias que sean necesitadas por el Receptor para la ejecución del Contrato.
• Restringir el acceso a la Información Confidencial únicamente a aquellos empleados o proveedores suyos que necesiten conocerla para los fines contratados, y asegurarse de que dichos empleados conocen las obligaciones que les resultan aplicables en virtud de lo establecido en el presente Contrato.

En ningún caso, el hecho de que el Emisor facilite Información Confidencial significa ni puede ser entendido, directa o indirectamente, como una cesión u otorgamiento de licencia de uso o la cesión de cualquier derecho a favor del Receptor, incluida la cesión de cualesquiera derechos de patente, marca o derecho alguno de propiedad industrial o intelectual.

Sin perjuicio de las obligaciones impuestas por la normativa aplicable y/o asumida por la parte receptora de la Información Confidencial, las obligaciones de confidencialidad no serán aplicables a la información, respecto de la Información:

• Que fuera del dominio público en el momento de haberle sido revelada.
• Que, después de haberle sido revelada, fuera publicada o de otra forma pasara a ser de dominio público, sin quebrantamiento de la obligación de confidencialidad por la parte que recibiera dicha información. 
• Que en el momento de haberle sido revelada, la parte que la recibió ya estuviera en posesión de la misma por medios lícitos o tuviera derecho legalmente a acceder a la misma.
• Que tuviera consentimiento escrito previo de la otra parte para desvelar la información.
• Que haya sido solicitada por las Autoridades Administrativas o Judiciales competentes, en cuyo caso, la parte que tenga que realizar la presentación deberá comunicárselo a la otra con carácter previo a que dicha presentación tenga lugar.

Los términos de esta obligación son válidos durante todo el período de validez del Contrato y por un período de dos (2) años a partir de la expiración del mismo.

Sin perjuicio de lo establecido en el apartado “Portabilidad de los Datos”, una vez finalizado el Contrato, cada Parte, previa solicitud por escrito de la otra Parte, deberá destruir todos los documentos que puedan contener Información confidencial de la otra Parte y/o (en la medida de lo posible legal y técnicamente) eliminar la Información Confidencial de la otra Parte de todos los dispositivos utilizados por ella. Sin perjuicio de lo anterior, cada Parte puede retener la Información confidencial de la otra Parte en la medida requerida por la ley o cualquier autoridad judicial o administrativa.

OCTAVO. RESPONSABILIDAD. 

Los servicios de Coompliance están dirigidos a profesionales que, en el ámbito de su actividad profesional, comercial o empresarial y bajo su propia responsabilidad, asumen las indicaciones, interpretaciones y cálculos proporcionados por Coompliance, sus proveedores o el software y las Plataformas tecnológicas o informáticas que ésta pone a disposición del Cliente.

En particular, en cuanto a tales plataformas tecnológicas o informáticas (como Odoo) y software, el Cliente conoce y acepta que, con los estándares técnicos actuales, no es posible desarrollar soluciones informáticas absolutamente libres de errores o que aseguren su funcionamiento ininterrumpido, por lo que Coompliance no se responsabiliza de los daños o perjuicios provocados al Cliente o terceros por el uso o imposibilidad de uso de tales plataformas. 

Coompliance tampoco será responsable en ningún caso de los daños o perjuicios derivados de:

• Las consecuencias del incumplimiento por parte del Cliente de los consejos proporcionados por Coompliance.
• La destrucción o deterioro de archivos o programas informáticos que pertenecen al Cliente.
• Los perjuicios que según la legislación o jurisprudencia española, tengan la consideración de indirectos, tales como perjuicios comerciales, pérdida de datos, daños a la imagen de marca, sanciones, reclamaciones de terceros o pérdidas de ganancias previstas. 

En ningún caso la responsabilidad de Coompliance por cualquier daño o perjuicio que pudiera imputársele directamente podrá exceder del importe pagado por el Cliente durante los últimos doce (12) meses por el servicio concreto al que se atribuya la causa del daño.

Las partes acuerdan que esta limitación de responsabilidad y la asunción de riesgo de cada una de ellas se reflejan en los precios establecidos en este Contrato.

Asimismo, las Partes acuerdan expresamente excluir la ejecución forzosa por parte de un tercero o del propio Cliente a expensas de Coompliance en caso de cumplimiento defectuoso por parte de ésta.

NOVENO. DISPOSICIONES DIVERSAS.

9.1 Cesión. 

Coompliance podrá ceder su posición en este Contrato previa notificación por escrito al Cliente con treinta (30) días de antelación. Atendiendo a que el Servicio se ha individualizado atendiendo a las características del Cliente, éste no podrá ceder su posición a un tercero sin el consentimiento previo y expreso de Coompliance.

9.2. Subcontratación. 

El Cliente autoriza a Coompliance para subcontratar (total o parcialmente) la ejecución de los Servicios de Suscripción o los Servicios Adicionales a cualquier tercero de su elección. 

9.3 No Renuncia.

El hecho de que una de las Partes no haga uso de un derecho que posee en virtud de este Contrato no puede interpretarse para el futuro como una renuncia a este derecho.
9.4 Nulidad parcial.

Si alguna de las disposiciones del Contrato se anula, se considerará no escrita, pero no anulará las demás disposiciones del Contrato. Las Partes se comprometen a hacer todo lo posible para sustituir cualquier estipulación inválida o nula por una nueva estipulación que se acerque lo más posible a la intención inicial de las Partes.

9.5 Independencia de las Partes.

Las Partes son contratantes independientes, y no existe entre ellas ningún vínculo de asociación. Además, ninguna de las Partes podrá ser considerada como representante de la otra Parte en cualquier calidad y en cualquier condición, salvo los supuestos inherentes a los Servicios o por mandato específico, expreso y previo de la otra Parte.

9.6 Seguro de Responsabilidad Civil.

Coompliance se obliga a tener suscrito un seguro de responsabilidad civil con una compañía de reconocida solvencia y por un importe suficiente para dar cobertura a las contingencias que puedan derivarse de la prestación de sus servicios.

9.7 Relación Laboral.

El personal de Coompliance permanece en todas las circunstancias bajo su autoridad jerárquica y disciplinaria.

Coompliance garantiza, en su calidad de empleador, la gestión administrativa, contable y social de los empleados que participan en la prestación de los servicios que se establecen en este documento.

Coompliance manifiesta que todos sus empleados están debidamente dados de alta como empleados en el correspondiente régimen de la Seguridad Social. A solicitud expresa del Cliente, y cuando sea obligatorio según la legislación laboral y social, Coompliance proporcionará un certificado de estar al corriente de pago en sus obligaciones con la Seguridad Social.

9.8 No Contratación de Personal.

El Cliente renuncia a contratar o proponer la contratación a cualquier empleado de Coompliance, directamente o a través de un intermediario, que participe en la prestación de los Servicios objeto de este Contrato.

Esta exención es válida durante la duración de este Contrato y por un período de doce (12) meses a partir de la terminación de este Contrato.

En el caso de que el Cliente incumpla con esta obligación, se compromete a compensar a Coompliance pagándole una suma global igual al salario bruto correspondiente a tal empleado durante los doce (12) meses anteriores al abandono de Coompliance.

DÉCIMO. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. 

La interpretación y ejecución de este Contrato se encuentra sometido a la legislación y jurisdicción españolas.

Las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiere, en su caso, corresponderles, se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Barcelona para resolver cualquier controversia que pueda surgir en la interpretación o ejecución del presente Contrato.


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